Ilustración: Alejandro Cañer
“No tenemos nada para darles a nuestros hijos”, “El mayor bloqueo es interno”, “Continuidad, pero de miseria”, “Cuba se está desmoronando a pedazos”. Esas frases fueron publicadas por Yoan Ricardo Llerena en Facebook, entre denuncias sobre hambre, desabastecimiento y abandono estatal en Cerro de Caisimú, una comunidad del municipio Manatí, en Las Tunas.
Podrían haber sido escritas desde muchas otras casas cubanas porque hablan de la realidad cotidiana que viven miles de personas en la Isla. Sin embargo, bajo el régimen del país, expresar en redes sociales lo que uno piensa conduce, no pocas veces, a una condena judicial.
Del registro en la vivienda al expediente penal
La mañana del 2 de diciembre de 2024, agentes de la Seguridad del Estado, miembros de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR), un perito, el jefe de sector y dos testigos llegaron a la vivienda de Yoan Ricardo Llerena. Llevaban una orden de registro. Ese operativo abrió el proceso penal que, cinco meses después, terminaría con una condena de dos años de cárcel por el delito de “desacato a la figura del presidente y otros funcionarios públicos”. Pero el caso no comenzó con ese registro. Antes de que las autoridades entraran a la casa del hombre de 49 años hubo citaciones, amenazas, medidas restrictivas de libertad y presiones para que abandonara el activismo político y el entorno digital. Los hechos demuestran cómo una denuncia publicada en internet abre las puertas de la cárcel en Cuba.
Facebook como espacio de denuncia
Llerena reside en Cerro de Caisimú junto a su esposa, Disnelbys Danitza Vidal Pérez, con quien tiene dos hijos. Es activista por los derechos humanos y colaborador del Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH). Además, integra la Unión Patriótica de Cuba (UNPACU) y está vinculado a la plataforma Cuba Decide.
El opositor ubica el inicio de su activismo en 2013. Desde al menos 2019, sus redes sociales funcionaron como un espacio de denuncia política y comunitaria. El 15 de noviembre de ese año, por ejemplo, pidió libertad para José Daniel Ferrer y para el resto de los presos políticos en Cuba.
No fue una publicación aislada: en los años siguientes continuó usando Facebook para denunciar la falta de alimentos, el desabastecimiento de la canasta básica, la crisis económica en su localidad y la responsabilidad directa de las autoridades municipales y nacionales.
Una muestra de esa actividad aparece en sus publicaciones de noviembre de 2020. El día 17 escribió que muchas personas no se atrevían a expresar públicamente su inconformidad por miedo a enfrentar al régimen. En esa publicación cuestionó la falta de productos básicos y sostuvo que “el mayor bloqueo” era “interno”, en alusión al discurso oficial cubano que culpa al embargo de EE.UU. de todos los males de la Isla. Cerró el mensaje con una consigna: “El cambio es ya. Cuba decide. Únete”.
Un día después, al denunciar la situación en Cerro de Caisimú, criticó que el Gobierno municipal no enviara alimentos suficientes y que muchas familias no tuvieran qué dar de comer a sus hijos. “Esta es la continuidad que tanto se escucha en la TV. Sí, continuidad, pero de hambre, miseria, mentiras al pueblo, falta de medicamentos, falta de higiene en las calles”, publicó. También responsabilizó de la crisis a los “incapaces que por 61 años han esclavizado a un país a base de mentiras”.
El 20 de noviembre, en otra denuncia sobre la falta de alimentos y la negativa de las autoridades a darle trabajo, dejó una frase que anticipaba lo que ocurriría años después: “Si por decir la verdad hay que ir a prisión, estoy dispuesto”.
Las consecuencias
Lo que Llerena publicaba en redes pronto empezó a tener consecuencias. En videos compartidos por el OCDH, el opositor denunció que sus publicaciones servían de pretexto para citaciones, amenazas y sanciones.
Uno de esos videos apareció en diciembre de 2022. En él, el opositor relataba que al intentar salir del país junto a su hijo —entonces menor de edad— para evitar que fuera obligado a cumplir el Servicio Militar Activo, ambos fueron detenidos, esposados y llevados a unidades policiales.
Tras el intento fallido de salida del país, las autoridades le impusieron una multa de 9.000 pesos. La cifra equivalía a más de cuatro meses de salario mínimo en Cuba, fijado en 2.100 pesos mensuales. Inicialmente, las autoridades le comunicaron que, por tratarse de un primer intento de salida ilegal, la sanción sería administrativa. Sin embargo, después fue amenazado con ser procesado por tráfico ilegal de personas, un delito por el que podían pedirle hasta 20 años de cárcel.
El activista sostuvo que esa acusación buscaba convertirlo en responsable de una operación que no organizó. En su testimonio, aseguró que la embarcación no era suya, que no sabía construirla ni manejarla. Como las autoridades no habían identificado a otras personas, querían presentarlo como “capitán” o responsable del viaje. “Ahora estoy expuesto a que la Seguridad [del Estado] me aplique una sanción para sacarme del medio”, dijo.
En la misma grabación, denunció que no le daban trabajo por su forma de pensar y que, según la Seguridad del Estado, mientras hubiera “un comunista que quisiera trabajar”, a él no se le daría empleo.
En enero de 2023, Llerena denunció un nuevo acto de acoso: dos oficiales de la Seguridad del Estado lo amenazaron con llevarlo a prisión por haber participado, junto a otros opositores de Las Tunas, en un video de apoyo a una iniciativa de juicio internacional contra el régimen cubano.
Una libertad limitada
Antes del proceso penal iniciado en diciembre de 2024, Llerena ya había cumplido una medida de libertad limitada por sus críticas al régimen cubano y sus publicaciones en el espacio virtual. El 7 de noviembre de 2023, en un video difundido por el OCDH, explicó que llevaba seis meses presentándose cada mes en el sector de la PNR correspondiente para firmar. Ese era el período previsto. Sin embargo, en la sexta comparecencia, las autoridades le informaron que la medida sería extendida a nueve meses porque no aceptaba “acogerse” a las exigencias impuestas.
La denuncia no se centraba únicamente en la obligación de comparecer, sino en el contenido de la planilla que querían obligarlo a suscribir. Llerena explicó que el documento estaba “mandado por la Seguridad del Estado” y que buscaba que se comprometiera a “reintegrarse a la sociedad”, abandonar el activismo, dejar de publicar en redes sociales y cortar el contacto con personas en el extranjero.
El activista se negó. Dijo que su manera de pensar no iba a cambiar y que continuaría en el activismo político. “Yo no puedo, por tal de salir del rollo, decir que salgo del activismo y todo, cuando eso va a ser una mentira”, afirmó. Finalmente, la medida fue extendida a nueve meses, que se cumplieron en enero de 2024.
Pero esa presión no lo apartó de las redes ni de la denuncia pública. Cuando fue detenido tras el registro de su vivienda, sus publicaciones volverían a aparecer como parte del expediente construido en su contra.
Registro y detención
El 2 de diciembre de 2024, la presión acumulada derivó en una nueva fase: el registro de la vivienda y la detención. Según denunció su esposa, Disnelbys Danitza Vidal Pérez, el registro terminó con la ocupación del teléfono móvil de Llerena, una memoria USB y varios libros de su biblioteca personal. En la vivienda, donde los agentes buscaban “propaganda enemiga”, encontraron copias de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Tras el arresto, el activista fue trasladado al Centro Provincial de Instrucción Penal de Las Tunas, acusado de “atentado” y “sabotaje al país”. En reportes posteriores aparecieron las figuras de “desobediencia” y “atentado al Estado”, vinculadas a sus críticas contra las autoridades.
El 10 de diciembre de 2024, se le impuso prisión preventiva. La familia dijo entonces que le pedían “de dos a tres años”. Para ese momento, Llerena se encontraba en lo que su esposa, en conversación con Martí Noticias, describió como “el filtro”, un espacio donde los detenidos esperan documentación para juicio y pueden salir bajo fianza o en libertad. Pero en su caso no ocurrió así: fue trasladado a la cárcel conocida como El Típico, en Las Tunas.
El juicio abreviado
Cinco meses después, el 6 de mayo de 2025, Llerena fue juzgado en el Tribunal Municipal de Manatí. El proceso se realizó mediante un juicio abreviado. “Se le llama abreviado porque ahí no entregan petición fiscal y en el mismo juicio le dictan la sentencia”, precisó Vidal Pérez a Martí Noticias.
Esta modalidad procesal agrava la vulnerabilidad del acusado. Según Raudiel Peña, abogado del Centro de Información Legal Cubalex, en un escenario así existe “un estado de indefensión muy marcado y una asimetría técnica porque se reducen drásticamente los términos y plazos procesales”. Esa reducción afecta directamente la labor de la defensa —ya de por sí controlada por el Estado—, porque limita el tiempo disponible para “recopilar pruebas de descargo, solicitar peritajes técnicos, etcétera”.
El especialista también aseguró a YucaByte que el procedimiento abreviado “puede funcionar como un mecanismo de coerción y chantaje”. En ese escenario, la Fiscalía puede usar la amenaza de una condena más alta para presionar al acusado: “Te dicen: ‘Bueno, acepta el desacato y una pena menor o te imputamos un delito con una sanción más severa’”.
A esto se suma una estrategia de “opacidad y falta de fiscalización”. Al tratarse de un proceso rápido y expedito, es “más difícil monitorear o denunciar desde las redes sociales, los organismos internacionales de derechos humanos y las organizaciones de la sociedad civil”.
La esposa del activista relató que durante el juicio comparecieron, entre otros, “Luis Ángel”, identificado como agente de la Seguridad del Estado en Manatí, y Ortelio Víctor, delegado de su comunidad y testigo del registro.
Según Vidal Pérez, ambos introdujeron elementos que no correspondían directamente con el proceso: la salida ilegal del país por la que Llerena ya había sido sancionado con multas, supuestas reuniones en su casa, vínculos con personas calificadas como antisociales y la realización de grafitis.
También señaló que el agente de la Seguridad del Estado quería una sanción de entre ocho y diez años. La sentencia final fue de dos años de privación de libertad por “desacato a la figura del presidente y otros funcionarios públicos”.
El desacato como herramienta de castigo digital
Detrás de este tipo de acusaciones opera un engranaje legal diseñado para facilitar la condena. Según Raudiel Peña, cuando una crítica en redes sociales es tratada como delito de desacato en Cuba, los tribunales suelen aplicar “un estándar probatorio muy bajo y subjetivo”.
Ese estándar se reduce, básicamente, a tres preguntas: si existe la publicación y es de la autoría del acusado; si va dirigida contra un funcionario —en este caso, Miguel Díaz-Canel—; y si existe el “ánimo de ofender”.
La frontera entre opinión y delito queda entonces en manos del juez. “Si en la publicación aparecen palabras como dictador, corrupto e incapaz o una crítica directa a la gestión del Gobierno, pues ya eso el tribunal puede entenderlo como una afectación al honor, la dignidad o el prestigio”, señala Peña. Para el sistema judicial cubano, concluye, esa valoración “es más que suficiente para considerar probado el delito de desacato”.
Un mensaje de “terror psicológico” para quienes denuncian en redes
El impacto de la condena trasciende, además, el caso individual. Para Peña, el delito de desacato opera en Cuba como “una herramienta esencialmente punitiva y de censura previa” que cumple tres funciones clave en el entorno digital. La primera es la criminalización del disenso, que anula de facto cualquier cuestionamiento a la gestión gubernamental. La segunda es el “efecto inhibitorio” del castigo ejemplarizante: “No solo pretenden callar al activista, sino que envían una especie de mensaje de terror psicológico al resto de las personas que pretenden publicar contenidos similares en sus redes sociales”, advierte el jurista. La tercera es el control del relato público. Según Peña, con esta estrategia el Estado pretende “‘limpiar’ las redes sociales de publicaciones que cuestionan al régimen político”.
Un patrón más amplio de criminalización
Varios elementos permiten leer el caso de Llerena no solo como un proceso penal individual, sino como parte de un patrón más amplio de criminalización de la expresión digital en Cuba. Para Alejandro González Raga, director ejecutivo del OCDH, “el caso de Yoan Ricardo Llerena encaja en un patrón represivo que es replicado por las fuerzas represivas a todo lo largo y ancho del país, y que está dirigido a silenciar voces incómodas”.
González Raga enfatiza que “hay varios casos de condenados por publicar un post” y que, “independientemente de las publicaciones o manifestaciones que haya podido realizar, el de Llerena es un típico caso de fabricación de culpables”.
Preguntado por YucaByte sobre el impacto de una condena de dos años de cárcel en otros activistas o ciudadanos que usan internet para denunciar el hambre, los abusos de poder o los problemas comunitarios, el director ejecutivo del OCDH apuntó: “Cada una de estas sanciones entra en la categoría de sanciones ejemplarizantes y, como su nombre indica, intenta dar ejemplo de lo que pueden hacer [las autoridades] con todos los que se atrevan”.
La prisión y el deterioro de su salud
Una fuente cercana al caso, que pidió proteger su identidad por temor a represalias, confirmó a YucaByte que la salud de Llerena se ha deteriorado desde su ingreso en prisión. Al poco tiempo de ser encarcelado comenzó a presentar síntomas asociados a la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), anemia y bajo peso. En un chequeo médico reciente le habrían detectado, además, problemas de próstata y una pequeña arritmia. A ellos se suman sus padecimientos previos de artrosis generalizada, migraña, gastritis, asma y bursitis.
La misma fuente detalló que dentro de la prisión no lo identifican como preso político, sino como “contrarrevolucionario”, y que permanece bajo amenazas. Asimismo, dijo que Llerena podía optar por el beneficio de libertad condicional desde diciembre de 2025 ―por ser un preso primario y no reincidente―, pero esa posibilidad le fue negada sin que la familia haya recibido una explicación clara.
En enero de 2026, la familia contrató a un abogado para intentar nuevas gestiones legales, hasta ahora en vano. Las autoridades podrían mantener a Llerena en prisión hasta el cumplimiento de la sanción, previsto para el 2 de octubre de este año.
Libertad de expresión subordinada al poder
Para Vidal Pérez, su esposo no debió ser juzgado ni condenado. “Se supone que en la Constitución dice que tenemos libertad de expresión”, declaró. Pero Llerena fue castigado por ejercer ese derecho en redes sociales.
Esta contradicción entre la norma constitucional y la práctica penal es habitual en Cuba. Peña explica que el conflicto “se resuelve, entre comillas, con un mecanismo de subordinación de los derechos fundamentales ―incluida la libertad de expresión― al orden político”. El especialista señala que, pese a su reconocimiento formal en la Constitución, esos derechos quedan supeditados a los intereses del poder.
Ahora, si en el caso de Llerena la condena responde a publicaciones críticas, ¿qué derechos protegidos por normas internacionales han sido violados? Para Peña, “hay varios derechos que están reconocidos en instrumentos jurídicos internacionales que, de la forma en que se ha manejado el caso, se han vulnerado”. El jurista señala, en primer lugar, la libertad de opinión y de expresión. Ese derecho, explica, incluye no ser molestado por las propias opiniones. También implica que conductas como las que hoy se consideran en Cuba delito de desacato no deberían recibir una respuesta penal.
En segundo lugar, Peña apunta al derecho a la libertad y la seguridad personales, al considerar que su detención es arbitraria pues está motivada por el ejercicio de la libertad de opinión y de expresión. “Cuando se vulnera ese derecho a la libertad y la seguridad personales por una detención arbitraria, también hay una violación de base al debido proceso ―que es un derecho internacionalmente reconocido―, a la presunción de inocencia y al derecho a un juicio justo”, advierte. Para Peña, existe una “violación transversal” de todos los derechos conectados con estas libertades.
Esa lectura legal devuelve el caso a su punto de partida: publicaciones críticas en redes sociales convertidas en pruebas de cargo. Así, las publicaciones de Llerena terminaron incorporadas a un proceso penal que lo llevó a prisión. La frontera entre opinar, denunciar y delinquir fue trazada por el propio Estado.
*Durante la realización de este reportaje, YucaByte envió correos electrónicos al Tribunal Provincial Popular de Las Tunas con el fin de obtener su versión sobre los hechos. No obstante, hasta la publicación del texto, no se había recibido respuesta.

