Ilustración: Rafael Alejandro García
Monederos móviles, la fachada
En el espacio televisivo Mesa Redonda del 29 de julio de 2020, el ministro de Comunicaciones, Jorge Luis Perdomo, dedicó unos escasos minutos a hablar sobre la posibilidad de implementar monederos móviles en Cuba. Aunque no dio muchos detalles ni adelantó una fecha tentativa para la introducción de esta tecnología, sí explicó que esta podría ser otra de las vías que pudiera utilizar el Gobierno para captar Moneda Libremente Convertible (MLC).
Mesa Redonda del 29 de julio de 2020.
Durante algunos meses no se volvió a mencionar el tema de los monederos móviles. El asunto quedó aparentemente en el aire, al menos hasta el 21 de diciembre de 2020, cuando fue publicada la Resolución 157/2020 del Banco Central de Cuba (BCC).
En verdad, la Resolución 157/2020 no hacía mención en su corto texto de los monederos móviles, pero adelantaba las intenciones de implementarlos. Al final, el documento solo informaba de la nueva licencia que el BCC otorgaba a la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S. A (ETECSA) como “entidad no financiera que presta servicio de apoyo a las instituciones financieras en el territorio nacional”. Con dicha licencia, la Resolución 157/2020 también indicaba una serie de normas a cumplir por ETECSA, como disponer de la “infraestructura requerida”, procesar y monitorear transacciones, garantizar protección al consumidor y tributar información a las entidades financieras.
La relativa ambigüedad de la Resolución 157/2020 fue solo un ensayo normativo en los planes del BCC y ETECSA que, tarde o temprano, se materializarían en algo concreto. Ese momento llegó el pasado 10 de marzo, cuando fue publicada la Resolución 116/2021 del BCC, la cual derogaba la Resolución 157/2020.
Según este último texto, la iniciativa de los monederos móviles es de ETCSA, quien solicitó al BCC “la modificación de la licencia concedida a fin de incluir entre las actividades autorizadas a desarrollar, la habilitación de un monedero móvil como parte de la operatoria de la plataforma Transfermovil”.
El monedero móvil, en la manera en que lo concibe ETECSA, permite a personas naturales y jurídicas interactuar con sus cuentas bancarias y efectuar pagos en las plataformas de comercio electrónico del país, todo desde el celular. El servicio estaría asociado a la línea celular de cada usuario, y ejecutaría pagos en CUP.
En una entrevista concedida a YucaByte, el ingeniero informático Jorge Noris Martínez ofreció sus criterios sobre los nuevos monederos móviles.
–Respecto a la infraestructura tecnológica para implementar estos monederos, creo que ETECSA es la única compañía en Cuba capaz de ofrecer ese servicio. Claro, también es la única compañía de telecomunicaciones en Cuba, así que los mayores DataCenter que existen en el país son suyos. El problema más urgente tiene que ver con la concurrencia, es decir, con cuántos usuarios usen el monedero móvil y cómo se dará la comunicación entre ETECSA y el BCC.
Según Jorge Noris, la implementación de los monederos móviles puede padecer de las mismas deficiencias que arrastran las tiendas virtuales. Es decir, que en caso de una alta concurrencia de personas ejecutando compras mediante el monedero móvil, los pagos podrían no realizarse debido a un colapso facilitado por los problemas de comunicación entre la pasarela de pago con los servidores de los bancos.
–También está el hecho de que este servicio se utilizará por ahora mucho menos que las compras online, debido a los límites que puso la Resolución a la cantidad de dinero que cada persona puede tener en el monedero. Es casi inservible, excepto para los productos de primera necesidad.– explicó Jorge Noris.
Según establece la norma, el monedero no puede contener más de 5.000 CUP. De igual forma, tampoco pueden efectuarse transacciones por un valor mayor a 1.500 CUP.
Respecto a la salida del dinero, esta solo podrá hacerse mediante pagos, traspasos entre monederos o transferencias de estos hacia cuentas bancarias.
El ingreso de dinero al monedero móvil solo podrá hacerse desde tarjetas magnéticas asociadas a cuentas bancarias y desde el saldo que se tenga asociado al servicio de telefonía móvil.
La Western Union de Cuba
Entre julio y septiembre de 2020, el Departamento de Estado de Estados Unidos sancionó gravemente a la corporación multinacional de finanzas y seguros American International Services (AIS) y a la compañía Western Union (WU) por gestionar remesas en divisas para las empresas militares cubanas. Esto significó una reducción grave de la entrada de MLC en bruto a la empresa estatal FINCIMEX, la cual recibe divisas y entrega a los ciudadanos CUP o MLC solo funcional para la compra de artículos en ciertos establecimientos. Todo ello representa un agravamiento de la crisis inflacionaria cubana que, según recomendaciones del Club de París, pudiera contenerse en algo si se devaluara el peso a un valor aproximado de 40 o 50 CUP por dólar.
La situación descrita anteriormente coloca entre la espada y la pared a la economía del país. Sin embargo, el Gobierno de la Isla parece haber encontrado un método eficaz para salir airoso y evitar la interrupción de sus ingresos de divisa. La estrategia, al parecer, es institucionalizar las vías informales de captación de divisas que emplean los ciudadanos, y el instrumento para lograrlo: el monedero móvil.
Al poder convertir el saldo de los teléfonos nuevamente en dinero, se abre la posibilidad de que los usuarios del monedero móvil puedan utilizar las recargas desde el exterior para la compra de productos. De esta forma, las recargas telefónicas serían una suerte de remesa que, con ETECSA como intermediaria, sustituirían métodos de transferencia de saldo por efectivo usados en el mercado informal.
Atendiendo al pequeño apartado de la Resolución 116/2021 que indica que pueden realizarse transferencias desde los monederos hacia cuentas bancarias, pudiera inferirse que el Gobierno cubano pretende convertir a ETECSA en un organismo receptor de remesas, basándose en las maneras informales e ilegales que hasta el momento utilizan los cubanos para comprar dólares.
En Cuba, según declaraciones del presidente de las Casas de Cambio (Cadeca), Joaquín Alonso Vázquez, no está prohibida la venta de dólares a la población aunque en la práctica estas no se efectúen. De acuerdo a las entidades financieras del país, esta situación se mantendrá hasta tanto no se reactive la industria turística y las arcas del Estado cuenten con divisas suficientes. La compra y venta de divisas entre ciudadanos, sin embargo, son operaciones sancionadas por el artículo 235.1 del Código Penal cubano, con penas de dos a cinco años de privación de libertad.
En verdad, no convendría al Gobierno devaluar formalmente el CUP, ya que el valor de devaluación recomendado por el Club de París es el que impera en la compra y venta informal e ilegal que se sucede entre ciudadanos. Ello garantiza que el Gobierno logre, mediante ETECSA, obtener el doble de divisas que puede llegar a los ciudadanos mediante la compra ilegal de dólares.
Así, la secuencia de operaciones que esconde la implementación de los monederos móviles sería la siguiente:
1) envío de recargas telefónicas en dólares que asumen el cambio oficial en CUP,
2) transferencia de estas recargas a los monederos móviles,
3) transferencia del monedero móvil hacia una cuenta bancaria,
4) extracción de CUP en efectivo o transferencia a otra cuenta bancaria para la compra de dólares al cambio informal.
La implementación de los monederos móviles viene a ser una estrategia que aprovecha la inventiva de los ciudadanos y convierte a ETECSA en un nuevo gestor de remesas a la Isla. Por el momento, los monederos solo reciben CUP, sin embargo, esto no impide que desde ahora tributen a las aspiraciones planteadas por el ministro de Comunicaciones sobre la captación de MLC.